Los contratos de trabajo en Qatar deben estar escritos y en árabe. Sin embargo, si el empleado no está familiarizado con el árabe, se debe adjuntar una versión traducida al contrato en árabe. Si hay alguna discrepancia entre el contrato en árabe y la traducción, la versión en árabe se considera el texto auténtico a efectos legales. El empleador debe hacer tres copias, una para cada parte, y la tercera debe enviarse a la administración laboral del Ministerio de Desarrollo Administrativo, Trabajo y Asuntos Sociales (MADLSA) para su autenticación.
Hay tres tipos de contratos en Qatar: de duración determinada, de duración indefinida y de finalización del trabajo. Los contratos a plazo fijo vencen en una fecha específica y no deben superar los cinco años. Sin embargo, pueden ampliarse por acuerdo de ambas partes. Si el empleo continúa después de la expiración de un contrato de duración determinada sin un acuerdo de prórroga, el contrato se convierte automáticamente en un contrato de duración indefinida a partir de la fecha de inicio inicial del contrato de duración determinada. Los contratos de finalización del trabajo o de trabajo ocasional son temporales y no deben superar las cuatro semanas, pero pueden prorrogarse por el mismo período si ambas partes están de acuerdo con su prórroga. Por el contrario, los contratos de duración indefinida no tienen fecha de caducidad y solo pueden ser rescindidos por las partes contratadas.
Un contrato de trabajo debe incluir:
nombre del empleador y lugar de trabajo,
nombre del empleado, dirección, cualificaciones, nacionalidad, lugar de residencia y prueba de identidad,
tipo de contrato,
lugar y fecha de la firma del contrato,
descripción del puesto,
período de prueba,
fecha de inicio,
prestaciones y derecho a licencias,
duración (si es de plazo fijo), y
salario, método de pago e intervalos de pago.